Dentro de las modificaciones previstas para la Ley del IVA, el gobierno destaca que el proceso de menstruación es una función natural del género femenino, cuyo ciclo se repite cada mes.
Por ello, la propuesta contempla que los productos de higiene menstrual estén sujetos en el IVA a la tasa de 0%, mediante la adición de un inciso j) a la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del IVA, con lo que se espera una disminución del precio de venta de estos productos.
“Para atender este proceso natural existen en el mercado productos sanitarios, como son las toallas, tampones y copas sanitarias para uso menstrual. Dichos productos están gravados en el IVA con la tasa del 16%. El gravar los productos que atienden la menstruación significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino”, detalla el documento.
Este impuesto a los productos de higiene menstrual, expone, afecta más a las mujeres en situación de pobreza en nuestro país porque no pueden comprar los productos mencionados ante la falta de recursos, derivado del traslado del impuesto que efectúa el enajenante, con los consiguientes efectos negativos en su higiene y riesgos de salud.
De acuerdo con el escrito, un amplio sector de la población corresponde a mujeres en situación de pobreza que no cuentan con recursos económicos para adquirir dichos productos , por ejemplo, las niñas y adolescentes que habitan en zonas marginadas del país, lo cual incluso perjudica su rendimiento escolar cuando no les es posible acudir a las escuelas.
Cabe señalar que en octubre de 2020, la Cámara de Diputados rechazó la propuesta de tasa cero a productos de higiene menstrual denominada Ley de menstruación digna identificada en redes sociales como #MenstruaciónDignaMéxico.
Fuente: www.forbes.com.mx